La Audiencia Nacional establece que un militar con minusvalía puede ascender, corrigiendo, de este modo, la resolución del Ministerio de Defensa de impedir el ascenso a un militar que tenía limitaciones físicas. El Tribunal establece que habrá destinos que sean difícilmente ocupados por un militar con limitaciones físicas pero ello no es óbice, para el ascenso en su carrera militar. Esta sentencia de la Audiencia Nacional recoge que la limitación física fue la que llevó al Ministerio de Defensa aplicar una modificación del baremo de puntuación que hizo que descender a este brigada denunciante en el ranking del puesto 69 al 121 de los 153 evaluados. Recogiendo esta sentencia que si se le hubiera aplicado el mismo baremo que al resto de militares, con el puesto 69 hubiera logrado el ascenso de brigada a subteniente.