El Tribunal Supremo establece en Sentencia de la Sala de lo Civil 545/2019 de 16 de octubre, Recurso 272/2017 que el pacto aprobado judicialmente entre las partes por el cual se atribuía el uso y disfrute del domicilio familiar a un cónyuge hasta que se produjera la liquidación de gananciales, puede modificarse planteando un procedimiento de modificación de medidas siempre y cuando se haya producido un cambio sustancial de las circunstancias de acuerdo con el art. 90.3 del CC y apartado tercero del artículo 96 del C.C.